La Zona de Bajas Emisiones de Plaza Elíptica en Madrid llega en un mes: lo que necesitas saber

En un mes, el próximo 22 de diciembre, entrará en vigor la nueva Zona de Bajas Emisiones de Plaza Elíptica en Madrid. Se trata de una nueva área donde se restringirá la circulación a los vehículos más contaminantes, siendo menos restrictiva que la de Distrito Centro, que sustituye al anterior Madrid Central y ya está activa.

Propuesta a finales de 2020, la que es la segunda zona de Bajas Emisiones de la capital española, es una de las principales medidas recogidas en la reformulada Ordenanza de Movilidad Sostenible del actual gobierno del ayuntamiento, que fue aprobada definitivamente el pasado mes de septiembre.

Según argumenta el equipo de Jose Luís Martínez- Almeida, la que es bautizada como Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) de Plaza Elíptica permitirá reducir el tráfico de la zona un 18,6 % (37.000 vehículos por kilómetro diarios), así como unos 1.500 vehículos en hora punta.

La señalización de la ZBEDEP arranca precisamente hoy a fin de estar dispuesta en el plazo de un mes, cuando esta nueva área que restringe el tráfico entre en activo. Así afectará a los conductores madrileños.

¿Qué coches y vehículos no podrán circular por la ZBE de Plaza Elíptica?

A diferencia de Madrid Central, ahora ZBEDEP Distrito Centro, en la Zona de Bajas Emisiones de Plaza Elíptica únicamente se restringirá el acceso a vehículos de etiqueta A, es decir aquellos que carecen de distintivo ambiental.

En esta categoría, se incluye los coches, y otros vehículos, que son los gasolina anteriores a la norma Euro 3 (Euro 0, Euro 1 y Euro 2, normalmente anteriores al año 2000) y los diésel anteriores a la Euro 4 (Euro 0, Euro 1, Euro 2 y Euro 3, usualmente matriculados antes de 2006).

En el caso de las motocicletas y ciclomotores se trata de aquellos anteriores a la normativa Euro 2.

¿Qué coches se librarán de las restricciones?

Todos los vehículos que disponen de etiqueta medioambiental podrán seguir accediendo y circulando por esta nueva ZBEDEP de Plaza Elíptica:

  • CERO: incluye a los vehículos 100% eléctricos (BEV), así como eléctricos de autonomía extendida (REEV) o de pila de combustible de hidrógeno, además de los híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía eléctrica mínima de 40 kilómetros.
  • ECO: esta categoría engloba a los híbridos no enchufables, los híbridos enchufables con una autonomía menor a 40 km, así como a los mild hybrid y los vehículos a gas, ya sea gas natural (GNC o GNL) o gas licuado de petróleo (GLP).
  • C: este distintivo engloba a los coches y vehículos térmicos más modernos, que son los gasolina Euro 4, Euro 5 o Euro 6 y los diésel Euro 6.
  • B: esta etiqueta discrimina también a vehículos con motor de combustión, pero en su caso los gasolina de norma Euro 3 para los y los de gasóleo Euro 4.

¿Habrá excepciones?

Sí, quedan exentos de las restricciones de circulación:

  • Residentes.
  • Vehículos de empresas u autónomos que presten servicio en la zona o dispongan de un local en la misma, aunque deberán solicitar una previa autorización.
  • Camiones y furgonetas con una MMA de más de 3.500 kilos.
  • Vehículos de personas con movilidad reducida, estén adaptados o no.
  • Autobuses y vehículos de transporte de alumnos.
  • Vehículos de servicio y otros pertenecientes a la administración.
  • Vehículos de policía, sanitarios, fúnebres y de emergencia.

No obstante, el Ayuntamiento recuerda que algunos de estos supuestos incluidos en las excepciones dejarán de estarlo en un plazo de unos tres años, hasta el 31 de diciembre de 2024, como por ejemplo los vehículos de empresas o autónomos de la zona.

¿Qué zona comprende y qué calles incluye?

Fuente: Ayuntamiento de Madrid

El área enmarcada que abarca la ZBEDEP de Plaza Elíptica comprende una zona de 0,3 km², por lo que es bastante más pequeña que la de Distrito Centro que llega hasta los 4 km². Estará acotada por la A-42 entre Avenida de Los Poblados y por la Calle 30 (M-30).

En cuanto a las calles, acoge un total de 17, ya sea completa o parcialmente:

  • Vía Lusitana entre calle Faro y Plaza Elíptica.
  • Avenida de Abrantes entre 2 y el 14, ambos inclusive.
  • Pasaje de Estoril, completo.
  • Calle de Braganza del nº 1 al nº 19, ambos inclusive.
  • Calle de Viana, completa.
  • Avenida de Oporto del nº 2 al nº 6, ambos inclusive.
  • Calle de Antonia Lancha entre la Travesía de Antonia Lancha y calle de La Vía.
  • Calle de La Vía entre Calle Sta. Lucrecia y Plaza Elíptica.
  • Calle de Évora entre el nº 14 y el nº 18.
  • Calle Antonio Leyva entre Sta. Lucrecia y Plaza Elíptica.
  • Calle Marcelo Usera entre Manuel Noya y Plaza Elíptica.
  • Calle San Filiberto, completa.
  • Travesía de San Filiberto, completa.
  • Calle Marquesa de Silvela, completa
  • Calle Juan Español, entre calle de Manuel Noya y lateral del Pº Sta. María de la Cabeza.
  • Lateral Pº Sta. Mª de la Cabeza, sentido Madrid, entre Plaza Elíptica y la calle Juan de España.
  • Calle San Nicomedes, completa.

¿Cómo se controlará?

El control de acceso y circulación indebida se realizará con más de 100 cámaras de lectura de matrículas, que se ubican en diferentes puntos estratégicos del área. Esta red de dispositivos de control y vigilancia ya se ha instalado.

¿Cuándo empezarán las multas?

Si bien la Zona de Bajas Emisiones de Plaza Elíptica se activará el 22 de diciembre, contará con periodo de información y aviso de dos meses. Así, las sanciones no empezarán hasta el 22 de febrero.

Las multas serán idénticas a las de acceder indebidamente a Madrid Central: supondrá una infracción leve que está penada con 90 euros de multa y que puede reducirse a 45 euros (bonificación al 50 %) en caso se acogerse al pronto pago (abonándose en los 20 días naturales desde la notificación de la denuncia). No supondrá la resta de puntos.

¿Por qué una ZBE en Plaza Elíptica?

La zona de Plaza Elíptica es por tradición una de las más contaminadas de Madrid. Lleva desde hace más de una década superando el límite anual de emisiones impuesto desde Bruselas (40 μg/m³).

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