A partir de las 00:00 horas de este domingo 21 de junio finaliza el estado de alarma, lo que se traduce en que los ciudadanos españoles podrán moverse con libertad por todo el terriotorio español, pues quedan eliminadas las restricciones de movilidad.
No obstante, nos topamos con varias incógnitas en el horizonte, por un lado cómo gestionarán las Comunidades Autónomas la nueva normalidad y que medidas aplicarán en sus territorios y por otro la incertidumbre respecto a la evolución de la pandemia, que impide saber con seguridad si no se volverá a aplicar el estado de alarma ante un posible rebrote.
¿Qué supone el fin del estado del estado de alarma en lo que toca a movilidad?
El estado de alarma ha permitido al Gobierno limitar la circulación de los españoles, es decir sin este instrumento no es posible aplicar medidas de restricción de movimiento en España, pues sería atentar contra la propia constitución:
Así queda recogido en el Artículo 19 de la Carta Magna:
Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional. Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos.
Y esto traducido en términos de movilidad significa:
- Libertad para viajar entre Comunidades Autónomas: ni el Gobierno ni las administraciones autonómicas pueden impedir la libertad de circulación sin estar el estado de alarma activo.
No obstante, hay comunidades que están valorando solicitar la restricción de entrada a su territorio de ciudadanos de otros más afectados por la pandemia y con índices más elevados de infectados como Madrid o Barcelona. Esto podría significar que, mientras esta solicitud esté activa y aunque se tumbe posteriormente, podría suponer de facto y mientras tanto la aplicación de estas restricciones.
Libertad de circulación entre provincias: en principio tampoco es posible limitar la circulación entre diferentes regiones dentro de una misma comunidad. Sin embargo, sí se puede aplicar el aislamiento de una localidad o zona, como ocurrió en Igualada (Barcelona), que se cerró antes de la aplicación del estado de alarma.
¿Y viajar fuera de España? La Constitución también contempla entrar o salir libremente de España, aunque esto depende de lo aplicado por otros estados. A partir del 21 de junio, tal y como anunció el presidente del Gobierno el pasado domingo, España abrirá las fronteras españolas al espacio Schengen. Esto significa que los españoles podrán viajar a cualquiera de los 26 países que la componen, a excepción de Portugal.
En principio, no será hasta el 1 de julio cuando España abra sus fronteras definitivamente a cualquier país del mundo, aunque ello dependerá de la aplicación de restricciones de otras naciones. Estados Unidos se sitúa actualmente a la cabeza en número de infectados (2,1 millones) y fallecidos (117.713) por la Covid-19, seguido de Brasil (955.377 casos detectados y 46.510 muertes). Reino Unido se sitúa tercero en número de fallecidos, (42.238), mientras que Rusia hace lo propio en afectados (552.549).
¿Cómo se debe viajar en la nueva normalidad?
Aunque la libertad de circulación queda anulada con el fin del estado de alarma, el Gobierno ha definido ciertas claves que no desaparecen en la denominada nueva normalidad, que quedan recogidas en el Real Decreto 21/2020 de 9 de junio, como el uso de mascarillas o mantener la distancia entre ciudadanos.
¿Es obligatorio llevar mascarilla en el coche? Sí, en caso de que los ocupantes no sean convivientes, aunque se elimina la restricción de dos pasajeros por cada fila de asientos. Por el contrario, si los ocupantes son convivientes o bien si se viaja solo no lo es. Las multas por infringir esta norma llegan hasta los 100 euros.
¿Y en el transporte colectivo? El uso de mascarilla es obligatorio en transporte público ya sea local (metro, autobús, trenes de cercanias etc.), o de corta o larga distancia: autobuses de línea, trenes, aviones o barcos. No obstante, en el caso de los buques, no es necesario dentro de los camarotes o en cubierta si se puede garantizar la distancia interpersonal.
¿Y en taxis y VTC? También se mantiene la utilización de mascarillas, puesto que conductor y pasajeros no son convivientes.
Además, la obligación de llevar mascarilla continúa en cualquier espacio público, ya sea abierto o cerrado, siempre que no resulte posible manetener una distancia de al menos 1,5 metros y se aplica a toda la ciudadanía mayor de seis años. Pero hay excepciones:
- Personas con enfermedad o dificultad respiratoria.
- Personas con discapacidad que no puedan por sí mismas quitarse o ponerse la mascarilla.
- Para hacer ejercicio o deporte individual al aire libre.
- Actividades incompatibles con el uso de la mascarilla, por ejemplo, consumir en un bar o restaurante.
- Por fuerza mayor.
Y en lo que se refiere a reuniones y límites de aforo...
¿Hay límite de personas en reuniones? En la nueva normalidad las restricciones de reunión desaparecen y no aparecen contempladas en el RDL 21/2020.
¿Y en tiendas, bares, hoteles, centros de trabajo etc.? La normativa exige que en los diferentes establecimientos se cumpla el distanciamiento entre personas de 1,5 metros. En este caso, las Comunidades Autónomas sí que podrán fijar sus propios criterios en limitación de aforo, así como la apertura o no de aquellos cerrados en cualquiera de las fases de la desescalada.
¿Habrá rebrote y volverá el estado de alarma?
El paso a la nueva normalidad y el fin de restricciones de circulación, tanto dentro como fuera de España, trae consigo una total incertidumbre ante un nuevo rebrote de la epidemia.
Una posibilidad más que probable si echamos la vista atrás ante casos de estructura parecida, como el SARS, la gripe aviar o la gripe española: cuando las medidas de restricción y prevención se relajaron o las condiciones ambientales empeoraron, hubo nuevos brotes, incluso con una virulencia más elevada.
Aunque la llegada de nuevas olas de la epidemia depende del propio virus, tanto en su capacidad para mutar como en la adaptación al receptor, es decir al cuerpo humano. Y todo ello teniendo en cuenta que la vacuna aún tardará en llegar, así como posibles tratamientos.
También es importante la denominada inmunidad de grupo, que en el caso de España sigue lejos de la misma: según los resultados del estudio de seroprevalencia presentado por el Ministerio de Sanidad, solo el 5% de la población presentaba anticuerpos contra el SARS-CoV-2. No obstante, y aunque los resultados hubieran sido mayores, se trata de un virus aún desconocido y es imposible conocer por ahora cómo funciona la inmunidad respecto al virus.
A ello hay que sumarle que, según lo señalado esta semana por Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, el 40 % de los nuevos casos detectados afectados por la Covid-19 son asintomáticos, lo que supone un problema sobre todo en aquellas ciudades de elevada población, pues puede haber ciudadanos que transmitan y porten el virus sin saberlo, no aislándose a tiempo.
La OMS ya alertó en febrero que las personas asintomáticas podían transmitir la enfermedad, aunque acaba de reconocer que se necesita investigar más al respecto de la transmisión asintomática. Y es que "Detectar y aislar a las personas con síntomas y poner en cuarentena a sus contactos es el modo más eficaz para detener la transmisión", ha señalado Tedros Adhanom Ghebreyesus, director de la OMS.
El problema es que la evolución de la enfermedad sigue arrojando muchas incógnitas siendo imposible determinar qué ocurrirá al levantar las restricciones. Los escenarios que se plantean pueden ir desde una segunda ola más intensa cuando vuelvan las bajas temperaturas, hasta varias olas durante los próximos dos años o pequeños rebrotes sin patrones definidos.
Por el momento, el primer ejemplo lo encontramos en Pekín (China), con más de 150 nuevos casos confirmados según las autoridades sanitarias de la República Popular. La capital china ya ha puesto en marcha medidas extraordinarias para contener el rebrote.
Y dado que una de las medidas más efectivas para contener el virus es la de limitar la circulación, en el caso de España el Gobierno podría verse obligado a volver a instaurar el estado de alarma.
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