Tanto como si eres un naturista convencido, como si quieres dar rienda suelta a tu pasión, o si simplemente quieres sentir la fresca brisa en estos calurosos días, probablemente hayas llegado a este artículo porque quieras saber si es legal conducir desnudo o si, por el contrario, pueden multarte o arrestarte por enseñar tus vergüenzas al volante.
Nudismo sí. Seguridad, también
Es muy curioso, incluso freak, la imagen que se tiene de España fuera de nuestras fronteras. En materia de nudismo, al parecer estamos a la cabeza de los países más liberales, permitiendo el desnudo en playas, parques, calles… incluso “intimar en espacios públicos”.
Más allá de exagerados tópicos llegados de lejanos países, lo cierto es que en España sí hay una regulación bastante coherente y equitativa con respecto al naturismo y al nudismo (aunque como todo, siempre habrá opiniones). Pero el derecho a esta práctica (perfectamente legítimo y entendible) no debería hacer perder a nadie la perspectiva de ciertas cosas que sí están por encima, entre ellas, la seguridad vial.
Cuando se plantea la pregunta sobre si es legal conducir desnudo, muchos naturistas se amparan en su derecho al considerar que el coche es un espacio privado (que, en cierto modo, lo es). Pero antes que eso, un coche es un elemento que forma parte del tráfico, que tiene influencia en la seguridad vial y que por tanto está sujeto a normas. Dicho de otro modo: no, el coche no es tu casa.
Hay que recordar que el ser humano comenzó a vestirse no por pudor (como afirma la Biblia), sino para protegerse. Y ahí radica la clave de todo. Hay que tener en cuenta que nuestro mundo actual ha sido diseñado para ser habitado por seres humanos vestidos, y eso incluye nuestro coche. En resumen: ni los pedales del coche están diseñados para ser manejados descalzos, ni los sistemas de seguridad para proteger a personas desnudas.
Qué dice la ley española sobre el nudismo en el coche
También, muchos naturistas (como en este portal de Noticias del Mundo Nudista) se amparan en que ni la Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial ni el Reglamento General de Circulación prohíben expresamente la “conducción nudista”. Apoyándose en interpretaciones de la normativa un tanto laxas y ventajistas, y en opiniones sacadas de contexto y algo desafortunadas, se afirma que “lo que no está prohibido, está permitido”.
El Reglamento General de Circulación dice en los artículos 17.1 y 18.1:
Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos o animales. […] El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía.
Efectivamente, en el texto no se hace referencia alguna a ir desnudo, pero siendo responsables y consecuentes, en estos supuestos debe sobreentenderse que sí está prohibido conducir desnudo por las consecuencias que pueda acarrear.
Qué dice la DGT sobre ir desnudo al volante
Basándose en estos artículos, la Dirección General de Tráfico sí considera expresamente que los conductores (e incluso el resto de los ocupantes) deben estar vestidos en todo momento, aunque pensando principalmente en los casos de hombres que conducen en verano con el torno al aire. En este caso –y por ende en el de conducir íntegramente desnudo– la DGT considera que se pueden dar las siguientes circunstancias:
- Que el conductor sufra molestias y distracciones por una excesiva sudoración con el contacto directo con el asiento, o por rozaduras causadas por el cinturón. Lo que le impediría, como dice el RGC, ?estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos? o ?mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción?.
- Que, en caso de accidente, sufra abrasiones por el contacto directo del cinturón de seguridad y el airbag, o cortes y lesiones ante la rotura de cristales u otros elementos. Y el RGC especifica que en todo momento debe garantizar ?su propia seguridad y la del resto de los ocupantes del vehículo?.
- Que, por su desnudez, cause distracciones o reacciones negativas en otros conductores y, en este sentido, el conductor (y sus acompañantes) también está obligado a no influir en la seguridad ?de los demás usuarios de la vía?.
A estos tres hechos hay que sumarle que la DGT también considera específicamente que conducir sin calzado adecuado (e ir descalzo lo es) puede interferir en el control del vehículo.
Todos estos casos –ir desnudo, descalzo, sin la camiseta e incluso en bikini– son motivo de sanción leve con multa de 80 euros, aunque en según qué casos, la multa puede ascender a los 200 euros e incluso suponer la retirada de algún punto.
Dónde hacer y dónde no hacer nudismo en el coche
Todos estos supuestos son atendiéndonos a la legislación española. Pero fuera de España la situación normativa puede ser muy distinta. En muchos países, conducir desnudo puede suponer un delito de exhibicionismo o “exposición indecente”. Aunque en EE. UU. debe ir motivado por el interés sexual o intención de ofender a terceras personas, en otros países del entorno asiático el mero hecho de exhibir los genitales en público es motivo de sanción con penas incluso de cárcel.
¡Pero aún hay esperanzas para los naturistas! En países como la civilizada Alemania está específicamente permitido conducir desnudo tu vehículo particular, al considerarse éste un espacio personal. Incluso el calzado adecuado es sólo una recomendación. Así que si quieres practicar tu naturismo al volante, pon rumbo a las autobahnen germanas.
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