A partir del 22 de enero de 2024 tanto los patinetes eléctricos como el resto de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) tendrán que cumplir una serie de normas concretas recogidas en el denominado “Manual de características técnicas de los VMP” y si no, no se podrán comercializar.
Entre otros, deberán contar con un certificado de circulación recogido en un código QR, tener una velocidad limitada a 25 km/h, llevar visible una placa identificativa y cumplir otros requisitos establecidos por la Dirección General de Tráfico (DGT). Los repasamos.
Características que debe cumplir un VMP
El manual de características técnicas de la DGT para los VMP recoge su clasificación, los requisitos que deben cumplir estos vehículos para poder circular que serán obligatorios en 2027, los ensayos a que deben ser sometidos para verificar dichas características y un listado de modelos ya certificados por las autoridades competentes.
Asimismo, el documento especifica qué características deben cumplir estos vehículos cuando se dediquen al transporte de mercancías, como los VMP de última milla y otros servicios. Son:
- Velocidad: podrán circular a una velocidad máxima limitada a 25 km/h, y dispondrán de sistemas que eviten su manipulación, tanto para la velocidad como para la potencia. También deberán tener un panel indicador visible que muestre la velocidad y el nivel de batería.
- Sistema de frenado: todos los VMP deberán disponer de dos frenos independientes (con una desaceleración mínima de 3,5 m/s2). Además, los que tengan más de 2 ruedas deberán tener freno de estacionamiento.
- Visibilidad: los vehículos de movilidad personal deberán estar equipados de catadióptricos frontales (blanco), en ambos laterales (blanco o color amarillo auto) y traseros (rojo). Además, la luz de freno deberá estar diferenciada o combinada con la luz trasera.
- Retrovisores e intermitentes: los VMP para transporte de mercancías deberán llevar reflectantes laterales de color amarillo auto y traseros de color rojo, en aristas y vértices de la carga, que permitan señalizar y distinguir claramente en situaciones de baja visibilidad tanto la altura como la anchura de la misma. Además, deberán llevar obligatoriamente intermitente, retrovisores y asistente de marcha atrás.
- Avisador acústico o claxon: será obligatorio disponer de un avisador acústico en todo tipo de VMP (en el caso de los VMP para mercancías, este será además del avisador marcha atrás).
- Sistema de estabilización en aparcamiento: es obligatorio que los VMP de menos de tres ruedas lleven un sistema de estabilización como una pata de cabra lateral o caballete central mientras están aparcados.
- Ruedas: el diámetro mínimo establecido de las ruedas será de 203,2 mm, las cuales deben ser de superficie rugosa para una mejor adherencia al terreno. No se permitirá la utilización de neumáticos lisos.
- Plegado seguro: Los VMP deberán disponer de un doble sistema de seguridad para que queden bien acoplados mientras se llevan recogidos y evitar así aperturas involuntarias.
- Marcaje: todos los VMP deberán disponer de un marcaje de fábrica único, permanente, legible y ubicado de forma visible con información sobre la velocidad máxima, el número de serie, el número de certificado, el año de construcción y la marca y modelo.
- Portaidentificador: los VMP deberán llevar en la parte trasera del mismo un espacio para llevar una identificación o etiqueta de registro.
Otras consideraciones a tener en cuenta
Además, en el manual se detallan otras características más orientadas a calidad (integridad estructural y compatibilidad electromagnéticas, resistencia a la humedad, protección de batería ante temperaturas elevadas, superficies antideslizantes…). Son las siguientes:
Altura máxima |
1.400 mm |
---|---|
anchura máxima |
750 mm |
velocidad máxima |
Entre 6 y 25 km/h |
potencia nominal por vehículo |
Vehículos sin auto-equilibrado: ≤ 1.000 W / Vehículos con auto-equilibrado: ≤ 2.500 W (en este caso, Al menos el 60% de esta potencia se debe dedicar al sistema de autoequilibrado) |
masa en orden de marcha |
<50 kg |
longitud máxima |
2.000 mm |
diámetro de las ruedas |
203,2 mm como mínimo. Además, deberán ser de superficie rugosa. En ningún caso se permitirá la utilización de neumático liso. |
Hemos de recordar que, según el Reglamento General de Vehículos, se denomina Vehículo de Movilidad Personal (VMP) al “vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos, con baterías de hasta 100 VCC y con un cargador integrado de hasta 240 VCA de entrada que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h”.
La circulación de estos vehículos está prohibida por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías, así como por túneles urbanos. También está prohibido que circulen por las aceras en ámbito urbano: la multa por no cumplir esta norma es de 200 euros.
Asimismo, la normativa recoge que los VMP sólo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistemas de autoequilibrado. Es importante verificar que nuestro VMP cumple con lo establecido antes de comprarlo, pues a partir del 22 de enero de 2027 solamente podrán circular los VMP que estén certificados por las autoridades competentes.