Seguimos en plena pandemia. Con los rebrotes salpicando prácticamente la totalidad del territorio español es más importante que nunca el uso generalizado de mascarilla y su utilización es ya obligatoria en toda España. Y sí, también es obligatoria en el coche dentro de algunos supuestos.
No cumplir con la obligación de llevar mascarilla en el coche puede suponer una multa de 100 euros, pero existen seis supuestos en los que su uso no es obligatorio.
Los cinco supuestos en los que no usar mascarilla en coche no es sancionable
La progresión de la Covid-19 está siendo algo más que preocupante. Desde la vuelta a la nueva normalidad los rebrotes se están multiplicando por todas las comunidades autónomas y actualmente el ritmo de crecimiento ha superado los 1.000 nuevos positivos al día con 1.153 nuevos casos para el 29 de julio. El total de afectados diagnosticados desde el inicio de la pandemia ha sido de 282.641 casos.
Para los desplazamientos es obligatorio el uso de mascarilla con el fin de prevenir contagios (ni contagiar ni ser contagiados), más allá de su uso imperativo y por sentido común en el transporte público. Tal y como se recoge en el BOE del 20 de mayo de 2020 y en la Orden TMA 400/2020, en el transporte privado también se requiere su uso pero hay cinco supuestos en los que está permitido no usar de la mascarilla.
Coches con sólo un ocupante: Cuando el conductor es la única persona que viaja en el coche, el uso de mascarilla no es obligatorio. Obviamente cuanto más prolongado sea el uso de mascarilla incluso cuando viajamos solos ayuda a contener la propagación del virus, pero al viajar en solitario no hay riesgo de contagio. En cambio sí tendremos que usarla si pasamos, por ejemplo, por un peaje no automático.
Por prescripción médica: Existen algunos supuestos reconocidos por los que se permite no llevar mascarilla, pero tienen que ir acompañados del correspondiente justificante médico. Aquellas personas con afecciones respiratorias pueden no llevar mascarilla si les impide respirar con normalidad, así como para pacientes que sufran alguna discapacidad intelectual, personas dependientes o por cuestiones de fuerza mayor.
Cohabitantes: Las personas que convivan en un mismo domicilio y viajen juntas en el coche no estarán obligadas a usar mascarilla.
- Niños menores de 6 años: Aquellos niños que tengan una edad inferior a 6 años no estarán obligados a usar mascarilla, ni en el coche, ni fuera del coche. El uso de mascarilla en niños pequeños es recomendable pero no obligatorio, pues puede llegar a resultar contraproducente al no usarse de manera correcta y provocar que los menores se toquen la cara más de la cuenta.
- En moto está permitido no usar mascarilla: Además de en coche, aquellas personas que se desplacen en moto también estarán exentas del uso de mascarilla. Como en el coche, todos aquellos que viajen solos no tendrán que ponerse mascarilla, en cambio si viajan con acompañante y casco abierto sí será obligatorio. El uso de casco integral exime del uso de mascarilla.
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