Es definitivo, a diferencia de Navidad, tanto en Semana Santa como en aquellas comunidades donde se celebre el puente de San José se aplicarán medidas conjuntas en todas las Comunidades Autónomas que restringirán la movilidad. Repasamos cuáles son y qué se puede hacer y qué no.
El plan para ambas festividades se ha aprobado en el Consejo Interterritorial de Salud y deberán cumplirlo todas las regiones independientemente de su voto (Madrid fue la única que lo hizo en contra).
Las principales medidas son el cierre perimetral de todas las comunidades de la península, un toque de queda nocturno común y limitación en las reuniones.
¿En qué fechas se aplicarán las medidas y dónde?
Puente de San José: entre el miércoles 17 de marzo y el domingo 21 de marzo en las autonomías donde el Día del Padre, 19 de marzo, es festivo. Estas son Madrid, Extremadura, Valencia, País Vasco, Navarra, Murcia y Galicia.
Semana Santa: entre el viernes 26 de marzo y el viernes 9 de abril, en todas las comunidades.
¿Se puede viajar a otra comunidad?
No se permitirán los viajes de entrada y salida a ninguna de las comunidades, pues debe aplicarse el perimetraje en todas las regiones independientemente de que lo tengan activo o no más allá de esas fechas.
A efectos, no cambia el actual mapa de cierres activos en España, a excepción de Extremadura y Madrid que son las únicas que no tienen aplicado el cierre perimetral.
Hay que señalar que se mantienen los desplazamientos permitidos por causa justificada como laborales, por motivos sanitarios, citas administrativas ineludibles, regreso al domicilio habitual o cuidados, entre otros.
¿Puedo desplazarme a otra provincia o municipio dentro de una misma comunidad?
Depende de las medidas que haya adoptado y tenga activas cada autonomía durante esos días.
Por ejemplo, hay regiones que tienen cerrados determinados municipios, como Galicia, Andalucía, Murcia, Asturias o Madrid, aunque estos se revisan semanal o quincenalmente, por lo que pueden ir cambiando.
Otras autonomías como Cataluña aplican el cierre por comarcas, mientras que Aragón tiene cerradas actualmente sus tres provincias, aunque levantará su perimetraje este viernes 12 de marzo. Aquí puedes consultar las limitaciones de movilidad actualizadas de cada comunidad.
¿Se puede viajar a las islas Baleares o Canarias?
No. Pese a que en ambas comunidades no se aplicará el cierre perimetral, ya que no están recogidas en el RDL que rige el estado de alarma, se señala expresamente que no se podrá entrar en sus territorios.
Es decir, que no se podrá viajar desde la península a ambos archipiélagos y tampoco se permitirán los desplazamientos entre ambas autonomías: de Canarias a Baleares y viceversa.
En el interior de ambos archipiélagos rigen las medidas que tengan establecidas sus gobiernos. Por ejemplo en Baleares ahora mismo están cerradas Formentera e Ibiza, aunque se levantará el cierre de ambas islas desde el lunes 15 de marzo. Lanzarote también ha estado perimetrada, pero levantará hoy el perimetraje (la situación de las islas se revisa cada semana).
¿Y al extranjero?
En las medidas acordadas no se contempla ninguna restricción respecto a los viajes al extranjero, como tampoco el cierre de fronteras, por lo que se puede viajar a España desde otros países.
El desplazamiento desde España a otros países dependerá de las restricciones de entrada que tenga aplicadas ese estado en concreto. Por ejemplo, en lo que toca a Europa, en Dinamarca, Finlandia o Hungría no se permite la entrada al país de no residentes salvo por causa justificada.
Además, pese a que se puede viajar a la mayoría de países de la Unión Europea, todos exigen entregar una prueba negativa, variando la antelación de la realización de la prueba, y un buen grueso obliga a cumplir cuarentana a la llegada, que oscila normalmente entre los siete y los 14 días.
Asimismo, desde España no se puede viajar a destinos como Estados Unidos, Australia o Japón.
En lo que respecta a Portugal, se ha prorrogado la limitación de viajes por carretera, de momento hasta al 16 de marzo, y no se permite el flujo de entrada y salida con el territorio español salvo motivo justificado y por determinados pasos. La restricción de desplazamientos terrestres lleva activa desde finales de enero y se ha ido prorrogando desde entonces.
Por último, aquellos extranjeros que viajen a España y vengan desde países considerados de riesgo deberán presentar una prueba negativa realizada 72 horas antes del viaje. Desde Reino Unido, Sudáfrica y Brasil, solo podrán entrar a nuestro país residentes o españoles (hasta el 30 de marzo, al menos).
En cualquier caso, los extranjeros que viajen a España, no podrán desplazarse a otras comunidades desde la región de destino.
¿A qué hora debo estar en casa por la noche?
El toque de queda nocturno que deberá regir en todas las regiones durante esos días será entre las 23:00 y las 6:00 horas. Aunque se permite a las comunidades restringirlo desde las 22:00, tal y como se recoge en el RDL del estado de alarma.
La mayoría de comunidades lo tienen aplicado de 22:00 a 6:00, a excepción de Castilla La Mancha (de 00:00 a 7:00) y Extremadura, La Rioja, Madrid y Navarra (de 23:00 a 6:00, o 5:00 en el caso de La Rioja).
En todo caso, todas deberán aplicar como mínimo el toque de queda desde las 23:00 durante las fechas señaladas.
¿Puedo ir a cenar a casa de unos familiares o amigos?
No. Aunque en un principio se había planteado como recomendación, finalmente estarán prohibidas las reuniones entre no convivientes en domicilios.
De momento no se detalla si las personas que vivan solas pueden escoger una única burbuja de convivencia para reuniones fuera de su domicilio, como ocurre por ejemplo en Madrid que tiene ahora mismo vigente esta limitación.
¿Puedo reunirme con allegados en un bar, en un restaurante o en un parque?
Sí, las reuniones en espacios públicos están permitidas, aunque en entornos cerrados solo se podrán juntar cuatro personas y, al aire libre, seis. Por ahora no se señala que se exceptúen en este límite los convivientes: ni se detallaba en la propuesta ni se hace ahora en las medidas definitivas aprobadas.
¿Puedo ir a misa?
Sí, aunque los lugares de culto tienen limitado el aforo y depende de lo aplicado en cada región o municipio en función de su nivel de incidencia según lo recogido en el documento "Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19".
La restricción de aforo varía entre el 75 %, el 50 % o un tercio, dependiendo de si se está en nivel uno, dos o tres respectivamente.
¿Y a un concierto o a un evento? ¿Y al cine y al teatro?
En las medidas especiales para Semana Santa y el puente de San José se contempla como recomendación la no celebración de eventos masivos, por lo que no se prohíben expresamente.
No obstante, aquellos eventos que se celebren en espacios cerrados deberán seguir la limitación de aforo y medidas establecidas según su nivel de alerta recogido en las actuaciones de respuesta coordinada. Los mismo ocurre con emplazamientos culturales como cines, teatros o museos.
¿Puedo ir a una casa rural, hotel o a un camping?
Depende, en este caso imperan los perimetrajes. Es decir si el alojamiento turístico está en otra comunidad, no, pero sí si se ubica dentro de los límites de la región, siempre y cuando no se trate de una provincia, zona o municipio en el que la autonomía tenga aplicado el cierre perimetral.
Además, también dependiendo del nivel de alerta, los espacios comunes tiene aforo limitado y en el caso de los albergues no pueden dormir en una misma habitación diferentes burbujas de convivencia.
¿Se puede ir a la playa o la piscina?
Sí. Aunque de nuevo depende del nivel de alerta pues se exigen diferentes limitaciones de aforo o actividades permitidas según el mismo. Por ejemplo en zonas con el nivel de incidencia más elevado solo se permite el acceso a playas para pasear o hacer deporte y hay limitación de horarios.
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