Era uno de esos temas que traían cola, hasta que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha sentenciado. El Resumen de Actividades Individuales (RAI) ha sido declarado nulo por "no ser ajustado a derecho". El RAI valora desde 2010 el número de denuncias que imponen los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.
La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) llevaba años reclamando la supresión del RAI, que fue impuesto por la Dirección General de la Guardia Civil de forma unilateral, sin haber informado al Consejo ni a las asociaciones profesionales del Instituto Armado.
La sección sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJM ha estimado un recurso presentado por la AUGC y ha sentenciado en consecuencia, por entender que esos órganos debían haber sido informados de que entraba en funcionamiento el RAI, "al afectar a las condiciones de trabajo y retribución de los agentes". Es decir, que si el RAI servía para valorar lo que cobraban los agentes, sus sindicatos y sus representantes elegidos por sufragio debían estar al tanto.
Cuidado con este matiz, porque aquí está la clave de todo: el TSJM no declara nulo el RAI per se, sino que lo declara nulo por una cuestión de forma, porque no se informó debidamente a quienes debían estar informados. En el momento menos pensado, las formas pueden cambiar y el RAI volver a motivar a los agentes para que llenen su hoja de actividades diarias de la forma en que se les ordene.
¿En qué consiste realmente el RAI? Se trata de una veintena de conceptos con los que la Dirección General de la Guardia Civil evalúa y valora la actividad que tienen los agentes en el ejercicio de sus funciones. En el contexto de los agentes de Tráfico, esta valoración tiene en cuenta el número de multas impuestas, en comparación con la media de los compañeros.
La AUGC viene denunciando esta medida desde que se impuso, por entender que el RAI promueve la competitividad entre las diferentes unidades. ¿Por qué? Muy sencillo: porque los mandos de esas unidades ven sus sueldos aumentar o decrecer en función de si sus subordinados imponen más o menos sanciones. Si es como lo cuentan, desde luego parece un sistema viciado de origen.
Multa por velocidad: 4, ayudar a un conductor: 0,10
Entre las acciones más valoradas por el RAI, según la AUGC, se encuentran las siguientes:
Acción | Valoración | Explicación | |
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Sancionar en controles de alcoholemia | 9 a 3 puntos | En función del grado de ebriedad del conductor y la necesidad de llamar a una grúa para trasladar el vehículo o al Equipo de Atestados para detener al conductor. | |
Detenciones | 5 puntos | Se valora el riesgo de la integridad física del agente, a la espera de Atestados, o la instrucción de diligencias. | |
Denunciar excesos de velocidad | 4 puntos | ||
Denunciar por no usar casco o cinturón | 3 puntos | ||
Denunciar por asuntos de documentación | 3 puntos |
En el polo opuesto, entre las actuaciones menos valoradas, estarían las informaciones a los conductores (0,10 puntos), protección en siniestros viales (1 punto), recuperaciones de vehículos robados (1 punto) o asistencia a juicios en calidad de testigos (1 punto). Si extrapolásemos el RAI a otros cuerpos de seguridad del Estado, quizá tendríamos huelgas de celo incentivadas.
¿Por qué se creó el RAI? Es un hecho aceptado por la AUGC que este registro de actividades tiene su origen en la huelga de bolis caídos que llevaron a cabo los agentes en 2010 para protestar por sus condiciones laborales. En aquella ocasión, según la AUGC, el número de denuncias cayó en picado, hasta en un 90 %. Algo había que hacer. Y se hizo.
Vía | DVuelta
En Motorpasión | Vuelve el debate de los pluses de productividad de la Guardia Civil de Tráfico (2012)