Para fechas señaladas como las Operaciones Especiales de Semana Santa, ‘macropuentes’ o vacaciones de verano en las que los atascos están servidos, la DGT tiene previstas ciertas soluciones que, con el fin de dar fluidez a la circulación de vehículos por carretera modifican la configuración de una vía en momentos puntuales de riesgo de colapso.
En esencia, se trata de los carriles para desatascar el tráfico, que pueden ser de cuatro tipos: en sentido contrario al habitual, adicionales, VAO y reversibles. Cada uno de ellos tiene sus propias normas para utilizarlos correctamente y circular con seguridad. Los repasamos.
Cómo se circula por un carril en sentido contrario al habitual
Son los carriles ‘anti-atascos’ más habituales y se suelen colocar frecuentemente en autopistas y autovías en días de gran afluencia circulatoria, o en situaciones particulares como salvar un tramo de carretera cortado por obras, por ejemplo.
Para habilitarlos en vías rápidas la forma más frecuente es abrir la mediana y cambiar el sentido de un carril de una de las calzadas. De esta forma, la parte atascada de la vía gana temporalmente en capacidad.
Estos carriles adicionales quedan delimitados por conos y habitualmente se utiliza señalización variable para anunciarlos, para indicar el kilómetro donde empieza o acaba dicho carril y recordar la velocidad máxima a la que se puede circular.
Si hemos de circular por este tipo de carriles debemos tener en cuenta que:
- Por este tipo de carril solamente están autorizados a circular turismos sin remolque y motos (excepto si se coloca por motivo de obra: en este caso puede circular cualquier tipo de vehículo, salvo que se prohíba expresamente).
- Para circular por un carril en sentido contrario al habitual es obligatorio encender las luces de cruce día y noche y mantener la velocidad entre 60 y 80 km/h.
- En los carriles contiguos, las luces de corto alcance también son obligatorias.
- Si hay más de un carril para ese sentido se aplica el límite fijado para la vía.
- En este tipo de carriles no se puede adelantar, ni atravesar la línea de conos.
Las peculiaridades de los carriles adicionales
Los carriles adicionales suelen habilitarse en carreteras convencionales con un solo carril para cada sentido. En este caso, se abre un carril extra utilizando para ello la superficie del arcén (siempre que la anchura del arcén y calzada lo permita).
Como los carriles habilitados en sentido contrario al habitual, también quedan delimitados por elementos provisionales de señalización como conos o balizas, que modifican la zona de rodadura. Aunque el resultado provisional son tres carriles, por ser más estrechos de lo normal las normas del carril adicional afectan a toda la vía. Así:
- La velocidad está limitada entre 60 km/h y 80 km/h.
- Las luces de cruce son obligatorias día y noche.
- No están autorizados a utilizarlos ni bicicletas, ni ciclomotores, ni vehículos especiales de menos de 3.500 kg, vehículos de tracción animal o vehículos averiados asimismo inferiores a los 3.500 kg.
- Cuando se circula por un carril adicional se prohíbe de forma expresa girar a la izquierda, pues esto supondría rebasar la línea de conos.
Carriles reversibles o bidireccionales
Los carriles reversibles no son provisionales, sino que pueden ser bidireccionales según lo requiera la situación del tráfico.
Normalmente se encuentran en carreteras urbanas, están delimitados mediante líneas dobles discontinúas por ambos lados y anunciados mediante señalización variable o semáforos de carril que indican qué sentido es el que está activo en ese momento.
En este tipo de carriles, hemos de tener en cuenta que:
- No tienen velocidad específica, por lo que la velocidad mínima y máxima la establece la general del tipo de vía.
- Por un carril reversible puede circular cualquier vehículo apto para circular por la vía en la que se ubique.
- En ellos es obligatorio llevar encendida la luz de cruce, ya sea de noche o de día.
- No se podrá invadir o circular por el carril situado a la izquierda del reversible.
Carriles 'BUS-VAO' en vías interurbanas
Los denominados carriles para ‘Vehículos de Alta Ocupación’ (VAO) están destinados a dar prioridad a la circulación de vehículos con pasajeros en momentos de mucho tráfico. Por ello, los ‘Bus-VAO’ están reservados para motocicletas, turismos, vehículos mixtos y autobuses.
- No son provisionales, aunque se pueden adecuar a las condiciones del tráfico y variar su sentido, el horario o el mínimo de pasajeros permitido.
- Desde 2015, los vehículos con la etiqueta medioambiental CERO, eléctricos o híbridos enchufables de más de 40 kilómetros de autonomía eléctrica, pueden circular por ellos independientemente de su número de ocupantes.
- La velocidad máxima permitida para circular por estos carriles es la propia de la vía donde estén situados.
Multas por incumplir con las normas específicas de estos carriles
Si no se transita siguiendo la exigencias de un carril en sentido contrario, se puede estar incurriendo en diferentes infracciones de diferente gravedad según establecen el Reglamento de Circulación y la Ley de Tráfico, y está penado con multas que oscilan entre los 100 euros y los 600 euros.
- Circular en sentido contrario al indicado en los carriles provisionales o reversibles: la ley establece que "los supuestos de circulación en sentido contrario al estipulado tendrán la consideración de infracciones muy graves". La sanción es de 500 euros y también supone la detracción de 6 puntos del carnet de conducir.
- Circular superando los 80 km/h: si se supera la velocidad establecida en este tipo de carriles está considerado una infracción grave o muy grave, dependiendo de cuál sea el exceso de velocidad y puede conllevar o no la pérdida de puntos (de 2 a 6), además de la sanción económica, que varía entre 100 euros y 600 euros.
- Circular sin encender las luces de cruce: no hacer el uso del alumbrado reglamentario está considerado una falta grave. No conlleva detracción de puntos, pero la multa es de 200 euros.